Síguenos ahora también en WhatsApp. ¡Da clic aquí!
Isabel Ortega
Xalapa, Ver.– Magistrados del Tribunal Electoral de Veracruz (TEV) validaron la negativa del Organismo Público Local Electoral (OPLE) para reprogramar la asamblea estatal de la asociación Veracruzana Antipopulismo A.C., uno de los requisitos indispensables para solicitar su registro como partido político local.
El Pleno del TEV declaró infundados los agravios promovidos por la asociación, que impugnó los oficios emitidos por la Secretaría Ejecutiva y la Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos del OPLE Veracruz, mediante los cuales se rechazó la reprogramación de la asamblea estatal.
En la resolución se estableció que la organización no cumplió con los requisitos necesarios para justificar la reprogramación del evento, además de que no agotó debidamente las instancias y gestiones previas para ejercer el derecho político-electoral que consideró vulnerado.
La organización, ligada al diputado local Héctor Yunes Landa, convocó a una asamblea el pasado 22 de febrero en Boca del Río; sin embargo, ésta no se realizó debido a la falta de quórum de delegados. En su recurso, los promoventes atribuyeron la ausencia de simpatizantes a hechos de violencia registrados ese mismo día en distintas zonas del estado.
De acuerdo con el expediente, la asociación solicitó inicialmente programar la Asamblea Local para el 22 de febrero a las 16:30 horas; posteriormente pidió cambiar la fecha al 25 de febrero. La Dirección Ejecutiva de Prerrogativas y Partidos Políticos declaró improcedente la solicitud y determinó que la asamblea debía realizarse en la fecha autorizada y, en su caso, reprogramarse conforme al reglamento.
El día previsto para la asamblea, personal del organismo electoral acudió al lugar desde las 15:30 horas para certificar su realización; sin embargo, no se presentó el responsable designado ni representantes de la organización. Tras una espera adicional de más de una hora sin recibir aviso formal, los funcionarios electorales se retiraron a las 16:52 horas, dejando constancia de que la reunión no se efectuó.
Posteriormente, el 23 de febrero, la organización solicitó nuevamente la reprogramación argumentando que los bloqueos y hechos de violencia del 22 de febrero impidieron el traslado de delegados y responsables, por lo que no se pudo reunir el quórum necesario. También señalaron que intentaron comunicarse con autoridades electorales para informar la situación, sin lograr establecer contacto oportuno.
El OPLE volvió a negar la solicitud al considerar que la organización conocía los requisitos y plazos para la celebración de la asamblea, por lo que el caso fue impugnado ante el Tribunal Electoral de Veracruz, donde los promoventes alegaron que se vulneró su derecho a la libre asociación política.
La determinación del órgano jurisdiccional se podrá impugnar ante la Sala Regional del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).
Requisitos para ser partido político estatal
Para solicitar la constitución de un nuevo partido político local, las asociaciones deben acreditar militantes en cuando menos dos terceras partes de los municipios del estado; además, el número total de afiliados no podrá ser inferior al 0.26 por ciento del padrón electoral en cada municipio o distrito.
Las organizaciones deberán celebrar asambleas en al menos 20 distritos locales o en 141 municipios de la entidad, en las que deberán comprobar la afiliación de al menos 15 mil 823 ciudadanos mayores de edad que no estén registrados en otro partido político.
A estas asambleas debe acudir personal del OPLE para certificar el número de afiliados asistentes, así como la presencia de delegados propietarios o suplentes electos en las asambleas distritales o municipales. También deberá comprobarse la identidad y residencia de los delegados mediante su credencial para votar y, como requisito final, realizar una asamblea estatal.



