Ángeles González Ceballos

Luego de las protestas que agentes y subagentes realizaron en algunos municipios por la disminución en el número de agencias, el diputado local del Partido Verde, Carlos Marcelo Ruiz Sánchez, deslindó al Congreso del Estado de esto y dijo que será una atribución del Tribunal Electoral de Veracruz resolver los conflictos que se generen. 

¨Los ciudadanos que derivado de ver las convocatorias que publicaron los ayuntamientos y si consideran que tienen algún derecho electoral vulnerado, toda vez que por decisión unilateral de los cabildos ya no están como agencias o como subagencias o como caseríos o los desaparecieron; tienen a su favor el Juicio de Derechos Ciudadanos que el Tribunal Electoral de Veracruz, es el competente y responsable para resolver. 

En su caso vincularán al Ayuntamiento y éste tendrá que aportar las pruebas para esa determinación que el Congreso ni sugirió ni se manifestó ni nada, no hay ningún documento público que establezca alguna responsabilidad del Congreso¨, expuso. 

De manera que el TEV será el que resuelva si los cabildos deben reponer desde la publicación de la convocatoria y los procedimientos que se llevan a cabo para la elección de agentes y subagentes municipales. 

En conferencia de prensa, el también secretario de la Comisión de Organización Política y Procesos Electorales en la Legislatura local, recordó que el pasado 24 de febrero sometieron al Pleno un dictamen para la publicación de las convocatorias para la elección de agentes y subagentes municipales que los ayuntamientos tenían como plazo el 25 del pasado mes. 

¨Ellos de manera unilateral las enviaron, el Congreso las recibe, hacemos una revisión y la labor de esta comisión y de los 50 diputados que aprobaron las 206 convocatorias -porque seis no tienen comunidades ni agentes municipales-, revisamos que los procedimientos de elección tuvieran la aprobación del Cabildo, el Congreso no tiene injerencia en eso¨, aseveró. 

Añadió que los medios de elección son tres: auscultación, consulta pública y voto secreto, respetando los usos y costumbres, pero todo esto es responsabilidad de los cabildos, el Congreso sólo revisó qué tipo de comunidades eran, pero desconocían qué tipo de elección habían decidido. 

Por ello, la Legislatura los capacitó y les recordó que la Constitución define que como requisitos de elegibilidad los candidatos y candidatas no sean violentadores, que no sean deudores alimentarios, entre otros, pero también que debían definir los procesos de elección de las y los agentes municipales, de manera que esas fueron las cosas que se les observó a los cabildos. 

¨El Congreso y la Comisión no revisan cuántas comunidades, si se crean o desaparecen comunidades, no es atribución del Congreso. Tatahuicapan preguntó si procedía desaparecer comunidades por el número de población, porque las agencias municipales tienen mínimo 2 mil 500 habitantes, las subagencias 500 y de 500 para abajo son caseríos. 

Hay que referir que en diversos municipios como Ayahualulco, Altotonga, Texistepec y Tatahuicapan hubo inconformidades por los cambios que los ayuntamientos hicieron para llevar a cabo la elección de agentes y subagentes municipales que se deben elegirse en el mes de abril.