Isabel Ortega
Los Servicios de Salud de Veracruz (SESVER) determinaron la inhabilitación temporal de cinco exfuncionarios por incurrir en responsabilidades administrativas, entre ellos Jorge Eduardo Sisniega Fernández, quien se desempeñó como director administrativo de la Secretaría de Salud durante el gobierno de Cuitláhuac García Jiménez.
De acuerdo con la resolución del procedimiento administrativo 031/2025, emitida por el Órgano Interno de Control de SESVER, tras la investigación correspondiente se acreditó responsabilidad administrativa de Sisniega Fernández, así como de Facundo Valdivia Cadena, Juan Javier Montero Andrade, Hanri Silva Domínguez e Israel Martínez Angulo, por lo que se determinó imponer sanciones conforme a lo establecido en la Ley General de Responsabilidades Administrativas.
En mayo de 2025, la gobernadora Rocío Nahle García informó que Jorge Eduardo Sisniega, quien fungió como director administrativo de la Secretaría de Salud durante la administración anterior, había sido denunciado por presuntas irregularidades administrativas en el manejo de recursos de SESVER.
Además, la Auditoría Superior de la Federación (ASF) observó irregularidades por más de mil millones de pesos en el manejo financiero de la dependencia durante 2024, último año del gobierno de Cuitláhuac García.
Como resultado del procedimiento administrativo iniciado por el órgano interno de control de la dependencia, Jorge Eduardo Sisniega Fernández fue sancionado con una inhabilitación de cuatro meses para desempeñar empleos, cargos o comisiones en el servicio público, así como para participar en adquisiciones, arrendamientos, servicios u obras públicas.
En tanto, Facundo Valdivia Cadena, Juan Javier Montero Andrade, Hanri Silva Domínguez e Israel Martínez Angulo recibieron una inhabilitación de tres meses cada uno, con las mismas restricciones para ocupar cargos públicos o participar en contrataciones gubernamentales.
La resolución fue emitida el 29 de enero de 2026, luego de que la Dirección General de Responsabilidades Administrativas de la Contraloría Interna notificó la determinación derivada del procedimiento iniciado por presuntas irregularidades en el ejercicio del servicio público.
De acuerdo con el resolutivo, las sanciones se aplican con base en el artículo 74, fracciones I y IV, de la Ley General de Responsabilidades Administrativas, que prevé la inhabilitación temporal cuando se acredita una falta administrativa en el desempeño de funciones públicas.
No obstante, la resolución del órgano interno de control aún puede ser impugnada, por lo que los sancionados tienen la posibilidad de controvertir la determinación ante ins



