
Felipe de Jesús Fernández Basilio
Desde a Janela
La tan mencionada soberanía del Estado en sentido estricto tiene dos significados: uno hacia el interior y otro hacia el exterior.
Internamente significa que ninguna persona u organización social debe de ser superior al Estado, es decir, el Estado debe de ser más fuerte y prevalecer sobre cualquier otro ente que opere en el territorio en el que ejerce sus competencias.
Y externamente significa que todos los estados del mundo actúan en un plano de igualdad entre ellos y que esa igualdad puede ser regulada mediante los convenios internacionales que celebran entre ellos.
Esto último es muy similar a lo que ocurre entre las personas físicas y morales cuando celebran contratos entre ellas, mismos que les obligan a realizar ciertas conductas.
Así es, cuando los Estados celebran convenciones, tratados o se afilian a organizaciones internacionales se obligan a realizar ciertas conductas o a observar determinados reglamentos, pierden su facultad de actuar discrecionalmente de acuerdo a su voluntad debido a que contraen obligaciones respecto a otros Estados o a organizaciones internacionales.
Por ello es que decir que la solicitud de detención con fines de extradición de varios funcionarios públicos de Sinaloa por parte de las autoridades judiciales de Estados Unidos va en contra de la soberanía del Estado mexicano es una falacia.
Y lo es, porque el gobierno de México deliberadamente omite mencionar que entre los Estados Unidos de América y los Estados Unidos Mexicanos existe un tratado de extradición que precisamente prevé lo que ambos Estados tienen que hacer ante una situación como esta.
Y en ese mismo tenor se encuentra la exigencia de la presidente respecto a que se ofrezcan pruebas en acompañamiento de la solicitud, debido a que la medida solicitada por los E.U. solamente es precautoria, ya que busca la detención de los requeridos con la finalidad de que en una siguiente etapa procesal ahora sí se acrediten las razones por las que se solicita la extradición.
Señalar este punto y centrar la atención en él es muy importante, porque si no se hace así se generan muchas confusiones, tal y como ahora acontece.
Esta medida cautelar (la detención con fines de extradición) está prevista en el tratado internacional de extradición celebrado por ambos Estados y su razón de ser es que se teme fundadamente la sustracción de la acción de la justicia por parte de las personas que son requeridas debido a su situación económica y política, es decir, se sabe que cuentan con los medios para huír.
Y esto es precisamente lo que está sucediendo en el caso de Rocha y demás funcionarios sinaloenses buscados por la justicia de los Estados Unidos y peor aún es que se están sustrayendo de la acción de la justicia con el apoyo pleno del gobierno mexicano.
Así es, la solicitud de detención con fines de extradición se hizo conforme a las normas vigentes en la materia entre Estados Unidos y México.
En cambio, el ocultamiento deliberado de los ya prófugos por parte del gobierno mexicano resulta violatorio de ese acuerdo y de acuerdo a lo explicado al principio del texto, de ninguna manera se está violando la soberanía nacional de México, si no que por el contrario, al ocultar al tratar de proteger y de ocultar a los evadidos, México está incumpliendo con sus obligaciones internacionales.
Y esto se basa en que México no puede hacer lo que le venga en gana, sino que tiene que observar a lo que se obligó al momento de celebrar el tratado de extradición con Estados Unidos.
Por ello es que argumentar que con esta solicitud se viola la soberanía nacional es una mentira del tamaño del Zócalo que tanto les gusta llenar.
X: @FelipeFBasilio





