Isabel Ortega
El Gobierno de Veracruz publicó un decreto mediante el cual otorgará estímulos fiscales a contribuyentes con adeudos en el Impuesto sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal, conocido como Impuesto sobre Nómina, así como en el Impuesto sobre la Prestación de Servicios de Hospedaje.
Según el análisis realizado por la Secretaría de Finanzas y Planeación, el mayor volumen de adeudos se concentra en contribuciones correspondientes a 2024 y ejercicios anteriores, por lo que se optó por eliminar las cargas financieras adicionales para facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales.
La medida contempla la condonación del 100 por ciento de los accesorios generados por adeudos fiscales, entre ellos recargos, multas y, en su caso, gastos de ejecución, para contribuyentes que mantengan pendientes correspondientes al ejercicio fiscal 2024 y años anteriores.
De acuerdo con el decreto publicado en la Gaceta Oficial del Estado, el beneficio aplicará a quienes presenten las declaraciones omitidas y cubran el monto principal de sus adeudos en una sola exhibición a más tardar el 30 de noviembre de 2026.
También podrán acceder al estímulo quienes se encuentren sujetos a procesos de fiscalización y decidan corregir las irregularidades detectadas por la autoridad dentro de los plazos establecidos.
Asimismo, el programa incluye a contribuyentes con créditos fiscales firmes y exigibles determinados por la autoridad estatal, quienes podrán solicitar la aplicación del beneficio y cubrir posteriormente las contribuciones actualizadas.
Los contribuyentes podrán solicitar la autorización para cubrir en parcialidades el monto pendiente de pago correspondiente a las contribuciones estatales omitidas y actualizadas, una vez aplicado el estímulo fiscal previsto en este instrumento, siempre que el pago de la última parcialidad autorizada se realice a más tardar a
La administración estatal argumentó que la medida busca incentivar la regularización voluntaria de contribuyentes, reducir la cartera vencida y fortalecer la recaudación estatal.
El decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación y las reglas de operación deberán emitirse en un plazo de diez días hábiles.




