Ángeles González Ceballos

Luego que en 2023 se les acusara de fraude procesal, los empresarios Manuel Rodríguez Fernández, Isabel Rodríguez Valcárcel y Celia María Rodríguez Valcárcel obtuvieron el sobreseimiento total dentro del proceso penal 97/2023.

Se trata de empresarios acusados de fraude en sexenio de Cuitláhuac García, quienes tras varios procesos judiciales y tres años de espera, lograron demostrar su inocencia.

Los empresarios exigieron que así como fueron exhibidos de ser culpables en el sexenio del exgobernador, hoy quieren que se les reconozca públicamente que nunca fueron culpables.

El sobreseimiento fue emitido en audiencia el pasado 9 de octubre de 2026.

Manuel Rodríguez Fernández e Isabel Rodríguez Valcárcel, fueron acusados de fraude y fraude específico.

Mientras que en el caso de Celia María Rodríguez Valcárcel, se le acusó de fraude procesal, pero todos resultaron inocentes.

El abogado defensor, Luis Enrique González Lira, del bufete Lira & Asociados Firma Legal, explicó que la razón del sobreseimiento fue que a partir de los razonamientos contenidos en las resoluciones previas, quedó establecido jurídicamente que los hechos atribuidos nunca configuraron delito alguno.

Agregó que al tratarse exclusivamente de cuestiones de carácter familiar y privado que fueron utilizadas de manera dolosa y ajena al Derecho.

Explicó que el resultado actualiza de forma contundente un asunto que, durante 2023 y 2024, dio lugar a publicaciones que vincularon indebidamente sus nombres con señalamientos falsos.

Recordó que en noviembre de 2024 la Primera Sala del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Veracruz revocó la vinculación a proceso de Isabel Rodríguez Valcárcel y Manuel Rodríguez Fernández, dictó auto de no vinculación y ordenó levantar todas las medidas cautelares.

Por lo cual se extendió el beneficio a Celia María Rodríguez Valcárcel.

Añadió que en junio de 2025 el Juzgado Cuarto de Distrito en Boca del Río negó el amparo a la parte denunciante y concedió la protección federal a la familia, ordenando reiterar la no acreditación de los delitos.

Y en abril de este año, dicha sentencia fue confirmada por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Séptimo Circuito, pavimentando el camino hacia el sobreseimiento total decretado el 9 de octubre.

González Lira definió que para las personas involucradas, la trascendencia de este fallo alcanza el ámbito personal y reputacional, toda vez que sus nombres fueron expuestos públicamente en su momento bajo acusaciones que hoy la justicia ha derrumbado por completo al comprobarse la total inexistencia de datos de prueba o elementos constitutivos.

Ante el evidente daño económico, social y, sobre todo, moral generados por una campaña de desinformación e imputaciones infundadas, el equipo legal se encuentra evaluando y preparando las acciones jurídicas y contrademandas correspondientes en contra quienes resulten responsables de la manipulación de este conflicto de origen estrictamente privado.