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El debate sobre las bajas vehiculares en Veracruz volvió a encenderse luego de que la Dirección General de Recaudación dejara sin efectos el Oficio-Circular DGR/SDI/D.SUP/3757/2024, emitido el 4 de abril de 2024 y firmado por el entonces director general de Recaudación, Darío Hernández Zamudio.

Aquel criterio administrativo reconocía que, una vez dada de baja una unidad del padrón vehicular estatal, las obligaciones fiscales derivadas de una nueva alta debían causarse únicamente a partir de la fecha en que el vehículo volviera a ser inscrito en el registro.

La interpretación fue vista por diversos especialistas como una aplicación más acorde con los principios constitucionales de legalidad, proporcionalidad y seguridad jurídica.

Sin embargo, la actual administración decidió abandonar ese criterio.

Bajo la dirección de Israel Octavio Caballero de la Rosa, la Dirección General de Recaudación sostiene ahora que la simple tenencia o uso del vehículo es suficiente para generar contribuciones incluso durante el periodo en que la unidad permaneció dada de baja del padrón, ordenando además el cobro de actualizaciones y recargos.

El cambio no ha pasado inadvertido.

La nueva interpretación parece partir de la premisa de que un vehículo puede estar fuera del padrón y, al mismo tiempo, ser tratado fiscalmente como si nunca hubiera salido de él.

Jurídicamente, la postura resulta debatible, especialmente en materia de Derechos de Control Vehicular, cuya naturaleza exige la existencia de servicios administrativos individualizados y no solamente la existencia física del vehículo.

La discusión también deja una pregunta institucional incómoda:

¿Desde cuándo el Director General de Recaudación revisa y sustituye los criterios jurídicos previamente emitidos por la Procuraduría Fiscal?

Porque una cosa es aplicar la ley y otra muy distinta es asumir funciones interpretativas que terminan ampliando las posibilidades de cobro.

En el ánimo coloquial, pareciera que el director general de Recaudación decidió jugar a «Lenia Batres», actuando más como intérprete supremo del derecho que como responsable de la política recaudatoria.

Más aún, el viraje administrativo envía un mensaje poco alentador para el contribuyente:

*La prioridad parece haber dejado de ser la certeza jurídica para convertirse en la ampliación de la base de cobro.*

Y eso inevitablemente alimenta la percepción de que la administración está buscando recursos donde existen serias dudas sobre su procedencia legal.

Quizá valdría la pena que el secretario de Finanzas, Miguel Santiago Reyes Hernández, revise con detenimiento los resultados de recaudación de administraciones anteriores y los contraste con los de la gestión actual.

Tal vez ahí encuentre respuestas más útiles que en la reinterpretación de las bajas vehiculares.

Porque cuando se empiezan a revivir adeudos de vehículos que el propio Estado reconoció como dados de baja, la pregunta deja de ser estrictamente jurídica y se vuelve política:

¿Se está aplicando una mejor interpretación de la Ley o simplemente se está buscando de dónde sacar más dinero?

Tiempo al tiempo…