Con aprecio y estima para: la Mtra. Zaira Fabiola del Toro Olivares, directora del Instituto Veracruzano de las Mujeres; Mtra. Pamela Alejandra Ortega Medina, directora del Centro de Justicia para las Mujeres; Mtra. María Josefina Colorado Morales, encargada de la Unidad de Género de la Secretaría de Gobierno; Dra. Mónica Mendoza Madrigal, presidenta del Capítulo Veracruz de la Red Nacional de Mujeres Defensoras de la Paridad en Todo, así como a todo el personal que conforman dichas instituciones.

Severo Francisco Mar Morales

Banquillo Político

En el pasillo un grito. En la oficina el aislamiento. En el chat, una foto no solicitada. La violencia laboral en México, no se limita muchas veces al pago de un salario. Es un sistema de poder que humilla, intimida y acosa, y que hoy tiene rostro estadístico.

Acorde con la Encuesta Nacional, sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (ENDIREH) 2021 del INEGI, el 27.9% de las mujeres de 15 años y más que han trabajado en México, han sufrido violencia familiar laboral a lo largo de su vida. En los 12 meses previos al levantamiento, del 20.8%. Esa violencia no es abstracta: 18.1% fue discriminación por embarazo o por ser mujer, 14.4% violencia sexual, 12.2% psicológica y 1.9% física. En Veracruz la prevalencia supera la media nacional con 35.6% a lo largo de la vida.

A nivel global, la Organización Internacional del Trabajo (OIT), en su primer informe conjunto con la Fundación Lloyd’S Register, entrevistó a 75 mil trabajadores en 121 países. El resultado: el 23% ha sufrido violencia y acoso en el trabajo. Eso significa 743 millones de personas. La más común es la psicológica (17.9%), seguida de la física (8.5%) y la sexual (6.3%). Un dato crucial: más de 60% de las víctimas la sufrió de forma repetida.

HOSTIGAMIENTO Y ACOSO: NO SON LO MISMO

La confusión permite la impunidad. La Ley Federal del Trabajo, reformada en el año 2012, los distingue en el Artículo 3 Bis:

1.⁠ ⁠Hostigamiento Laboral: Existe subordinación real. El jefe ejerce poder para someter. Verbal, físico o ambos. El clásico: “Te quedas hasta que yo diga, si no, te corro”. Gritos, amenazas de despido, asignar tareas denigrantes, sobrecarga imposible para provocar renuncia.

2.⁠ ⁠Acoso Laboral (Mobbing): No requiere jefatura. Es horizontal o ascendente. Son actos sistemáticos, reiterados, que atentan contra la autoestima, salud e integridad. La doctrina de la STPS lo define como “intimidación”. Ejemplos cotidianos existen tanto en el sector público como en la iniciativa privada, (esconder expedientes, no invitar a reuniones clave, quitarle el escritorio al compañero, difundir rumores de su vida privada, robarle ideas).

3.⁠ ⁠Hostigamiento Sexual: Subordinación + connotación sexual. El agresor, aprovechando su cargo, condiciona el empleo. “Si sales conmigo te doy la base, te aumento el salario”. Es delito y causal de despido inmediato. Incluye tocamientos, proposiciones, mensajes con insinuaciones sexuales y condicionamiento.

4.⁠ ⁠Acoso Sexual: no necesita subordinación. Hay un ejercicio abusivo de poder que deja a la víctima en indefensión. Basta con una sola conducta. Chistes sobre el cuerpo, miradas lascivas persistentes, comentarios sexuales, envíos de memes o fotos íntimas por WhatsApp, acercamientos físicos no consentidos. La ley no exige reiteración.

Ambas situaciones sexuales están castigadas con rescisión sin responsabilidad para el trabajador (Art. 51) y con rescisión justificada contra el patrón que lo tolere (Art. 47). Además, la empresa está obligada a contar con protocolo (Art. 132 Fracc. XXXI) y la NOM-035 obliga a identificar factores de riesgo psicosocial. La multa por no atenderlo va de 250 a 5,000 UMAS, es decir, hasta 540 mil pesos.

EL TEMA INCOMODO: CUANDO LA ACOSADORA ES MUJER

El debate público se ha centrado, con razón, en la mujer víctima. Pero la ley es neutra y la realidad es más compleja.

EL Gobierno Federal, a través del Sistema de Seguimiento de Comités de Ética (SSECCOE) con corte a marzo de 2021, registró 255 denuncias por hostigamiento y acoso sexual.
¿El desglose? 87% mujeres que denunciaron a hombres (223 casos), 5% hombres que denunciaron a hombres (13), 2% mujeres que denunciaron a mujeres (5) y 1% hombres que denunciaron a mujeres (3 casos). Pocos, sí, pero existen y evidencian un subregistro por estigma.

La Encuesta Nacional de Seguridad Pública Urbana (ENSU) 2021 lo confirma: en los últimos seis meses, 1.0% de los hombres reportó acoso sexual, o.6% violación o intento, frente a 2.2% y 1.1% de mujeres. No son cero.

La OIT (Organización Internacional del Trabajo), es más contundente: 8.2% de las mujeres y 5.0% de los hombres en el mundo han sufrido violencia y acoso sexual en el trabajo. Uno de cada 20 hombres.

¿Por qué no denuncian ellos? Por la misma razón que muchas mujeres: vergüenza, miedo a burlas, a que no les crean, a perder el empleo.

En el caso de hombre víctima de mujer jefa, el estereotipo de “si te acosa una mujer deberías sentirte halagado” pesa más.

La Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo mostró que 18,061 personas abandonaron su empleo por acoso o discriminación en 2017. El 57.7% fueron hombres (10,418). La violencia psicológica no tiene género.
EL COSTO

La OIT estima que el acoso cuesta hasta el 4% del PIB en pérdida de productividad, rotación y demandas. La NOM-035 ya obliga a medirlo. El Convenio 190 de la OIT, ratificado por México en 2022, reconoce por primera vez el derecho de toda persona a un mundo laboral libre de violencia.

En muchas dependencias Federales, Estatales, Municipales e incluso en la iniciativa privada y en hogares donde existen trabajadores de empleo doméstico, el protocolo existe en papel, pero desafortunadamente en pocas ocasiones no se aplica. Las víctimas terminan retirándose o abandonando su empleo.

Romper el silencio implica entender que el grito, el aislamiento y el acoso sexual son parte del mismo continuo de violencia. Y que la justicia laboral debe proteger a todos: mujeres y hombres.

@pamar0712
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